Sin embargo, esta regla general puede tener excepciones, especialmente si el obligado al pago puede demostrar que el hijo mayor de 18 años de edad, cuenta con recursos suficientes para proveerse por sí mismo. En tales casos, la obligación de pagar la prestación alimentaria podría cesar antes de que el hijo alcance los 21 años de edad.
Además, los progenitores están obligados a proveer recursos al hijo hasta la edad de 25 años si se encuentra cursando estudios o preparación profesional de un arte u oficio y no puede por dicha situación proveerse de los recursos económicos suficientes.
En otras palabras, si el hijo continúa su formación académica o técnica después de cumplir los 21 años, los progenitores deberán seguir proveyendo los recursos necesarios hasta que cumpla los 25 años de edad.
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